Los ciudadanos españoles que viajen como turista o visitante no requieren visa para ingresar a territorio guatemalteco, deben portar pasaporte (vigencia de 6 meses) y boleto aéreo de ida y vuelta o continuación de viaje, pudiendo permanecer hasta 90 días. Pueden solicitar ante la Dirección General de Migración prórroga de estancia por una sola vez y por un período igual de tiempo.
Para estadías más largas por otros motivos, puede ingresar a Guatemala como visitante o turista, con pasaporte (6 meses de vigencia) y boleto de ida y vuelta, y cambiar su estatus migratorio sin necesidad de salir fuera del país (párrafo tercero del artículo 15 del Capitulo II De los No Residentes de la Ley de Migración) presentando ante la Dirección General de Migración la solicitud correspondiente y requisitos según sea el caso.
Cualquier otra nacionalidad antes de viajar a Guatemala debe informarse si requiere visa para su ingreso a territorio guatemalteco.
Para emisión de visas a menores de edad se requiere la presencia del padre y de la madre, en caso de ausencia de uno de los progenitores, se deberá de aportar autorización. Favor llamar a la Embajada o Consulado más cercano para informarse.
Si se tiene alguna duda puede comunicarse a la Embajada de Guatemala en España para obtener toda la información necesaria y evitar contratiempos en su viaje.
Clasificación de visas "Exento de visa", "Visa consular o sin consulta" y "Visa consultada" : www.minex.gob.gt