Son guatemaltecos de origen los hijos de padre o madre guatemaltecos nacidos en el extranjero, para lo que deben de inscribir el nacimiento en el Consulado más cercano quien remitirá dicha inscripción al Ministerio de Relaciones Exteriores para que éste lo traslade al Registro Civil de la Ciudad de Guatemala el que emitirá una partida de nacimiento.
Los requisitos para la inscripción de nacimiento son los siguientes:
Si los padres han contraído matrimonio en Guatemala o si han contraído matrimonio fuera de Guatemala pero han inscrito su matrimonio en un Consulado de Guatemala, deben presentar copia del certificado de matrimonio emitido por el Registro Civil guatemalteco correspondiente.
La inscripción de nacimiento puede hacerse mientras los hijos sean menores de edad. En caso de no haber hecho esta inscripción antes de la mayoría de edad y ya cumplidos los 18 años se desee tener la nacionalidad guatemalteca, ésta deberá solicitarse directamente en Guatemala.